LIBERACIÓN
Por: Jorge Tadeo Lozano
09 de septiembre
de 2009
Se les vino el
mundo encima a los congresistas detenidos por la parapolítica debido a la
actitud de la Corte Suprema de Justicia, que no solo confirmó su vieja jurisprudencias
supresiva de derechos fundamentales como la doble instancia y la separación de
competencias de investigación y juzgamiento surgidos del renunciamiento a la
curul y al fuero para optar por la investigación de la fiscalía y el
juzgamiento de los jueces especializados, sino que por añadidura acaban de
pronunciarse varios Magistrados de la Sala Penal de la Corte en abierta
oposición contra la iniciativa anunciada por un congresista y el Presidente del
Partido de la U, de crear una Super Corte para conocer de los procesos contra
los legisladores. En principio, fue una mala presentación del tema pues lo que ha debido formulado es la necesidad de
una Supercorte para conocer de las apelaciones en los juicios contra los altos
funcionarios que conoce la Sala Penal de la Corte en primera instancia.
Sin embargo,
considero que la respuesta dada por la Corte no fue de altura: no es oportuno
el proyecto de reforma, dijo el Vicepresidente de la Sala Penal, debido a que
en este momento se están ventilando muchas causas contra los congresistas y aparecería como una
revancha contra la Sala, además de una manera de buscar su impunidad; argumento
que con todo respeto me parece, por decir lo menos, simplista y baladí, como
que con él se trata de minimizar o reducir la importancia del tema a lo
casuístico y circunstancial y no a lo conceptual y filosófico-jurídico; y
pretende descalificar la iniciativa antes
de formularse al Congreso, en una actitud exultante de soberbia y prepotencia.
Es incomprensible que funcionarios de tan elevada alcurnia eludan un debate tan
importante que le hace falta al país, debido a que Colombia es el único Estado
Latinoamericano que no garantiza a todos sus súbditos, sin exclusión alguna,
tanto la segunda instancia en todos los procesos penales como la doble y
diferente competencia de investigación y juzgamiento, bases fundamentales del
“juicio justo”, como lo ha ratificado la Corte Constitucional.
La misma Corte
Constitucional hace trece años, al declarar inconstitucional la norma incluida
en la Ley Estatutaria de la Administración de la Justicia que garantizaba el
recurso de apelación de los congresistas ante la Sala Plena de la propia Corte
Suprema de Justicia en los procesos incriminatorios que se les adelantase por
la Sala Penal, expresó el criterio de
“la inconveniencia por falta de especialidad en materia penal” de la Sala
Plena, o sea, que los Magistrados
diferentes a los 9 miembros de la Sala Penal, no eran especialistas en derecho
criminal, por lo que consideraba inapropiado que fallaran en segunda instancia
este tipo de procesos; así mismo estimó que con ello se trasgredía la exclusiva
y máxima competencia en materia criminal de la Sala Penal al someter sus
decisiones a una instancia diferente del mismo nivel.
Precisamente esta
decisión de la Corte Constitucional es la que justifica una propuesta de una
Super-Corte, integrada por especialistas en derecho criminal, extraídos
exclusivamente de la Academia mediante rigurosos estándares de selección, que
fuese garantía de seguridad jurídica para todos, para la rama judicial, para
los congresistas y para la comunidad nacional e internacional. Así se
mantendría la primera instancia en la Sala Penal de la Corte como lo establece
en este momento la Constitución Política; los legisladores tendrían doble
instancia y juicio justo a su entera complacencia; y terminaría la permanente
crispación y choque de trenes interinstitucional que ha mantenido a la sociedad
colombiana en constante zozobra y a los
organismos internacionales encargados de supervisar el cumplimiento de la
normatividad sobre derechos humanos en justificada preocupación. Es obvio que
la Sala Penal de la Corte, por la actitud que acaba de asumir frente al
tema, sea la única insatisfecha, pero no
por la razón que ellos arguyen de fachada sino por la pérdida de poder político
real al dejar de ser los exclusivos jueces de los congresistas. Pero este sería
otro debate. No como se ha planteado en este momento.
Así propuesta la
cuestión no podría hablarse ni de revancha ni de impunidad, porque de todos
modos los parlamentarios seguirían bajo la jurisdicción en primera instancia de
la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la diferencia de que sus
decisiones ya no serían invariables ni intocables como lo son hoy sino sujetas
a la revisión de un ente de superior jerarquía. Porque en lo que no tiene razón
la Sala Penal de la Corte Suprema es en
el argumento que subliminalmente han filtrado en sus pronunciamientos de antaño
y de hoy: que en su seno está el súmmum de la sabiduría nacional en materia de
derecho criminal; ni más faltaba que en un país como Colombia, de 46 millones
de habitantes, de tantos y tan excelentes centros académicos y escuelas
superiores de derecho, solo los 9 juristas de esta corporación concentrasen la excelencia
del conocimiento especializado de esta rama del derecho. Esa es una pretensión
inadmisible y casi grosera contra cientos y miles de jurisperitos de excelsas
virtudes intelectuales y académicas que en esta área jurídica han sobresalido
en grado superlativo y que no han llegado a las Altas Cortes, no por falta de
méritos científicos ni erudición profesional sino por su incapacidad para
la intriga personal o de círculo
profesional y por su impericia para la maniobra política.
La Supercorte de
que se habla sería entonces, no para substituir a la Sala Penal de la
Corte en el conocimiento de primera
instancia de los procesos penales contra
los altos funcionarios del Estado sino para conocer de las apelaciones
en estos mismos procesos; y su integración debería hacerse tomando lo más
selecto de la academia en derecho penal, para lo cual se señalarían estándares
muy elevados de requisitos, que superaran las exigencias actuales para la
Magistratura de la Corte.
De modo que en
este debate ha habido una pésima presentación de los autores de la iniciativa y
una peor respuesta de la Corte. Los primeros porque hicieron aparecer la cuestión como si se estuviese sustrayendo
a la Sala Penal del conocimiento de los casos contra los congresistas por
revanchismo y buscando impunidad; y la segunda, porque burdamente se quiere
satanizar el tema con la finalidad real de que la Sala Penal no pierda el poder
que tiene de “judicializar la política” en exclusividad. Nada se ha dicho sobre
el meollo del problema, que son los derechos que, en el marco del “debido
proceso”, se están transgrediendo a los congresistas como seres humanos, cuya
vigencia en Colombia y consagración en la Carta de Derechos de Naciones Unidas
y de la Organización de Estados Americanos, nadie ha negado ni podría
negar.
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