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EL INFIERNO DE LOS CONGRESISTAS

 

LIBERACIÓN

Por: Jorge Tadeo Lozano

09 de septiembre de 2009

 

Se les vino el mundo encima a los congresistas detenidos por la parapolítica debido a la actitud de la Corte Suprema de Justicia, que no solo confirmó su vieja jurisprudencias supresiva de derechos fundamentales como la doble instancia y la separación de competencias de investigación y juzgamiento surgidos del renunciamiento a la curul y al fuero para optar por la investigación de la fiscalía y el juzgamiento de los jueces especializados, sino que por añadidura acaban de pronunciarse varios Magistrados de la Sala Penal de la Corte en abierta oposición contra la iniciativa anunciada por un congresista y el Presidente del Partido de la U, de crear una Super Corte para conocer de los procesos contra los legisladores. En principio, fue una mala presentación del tema pues  lo que ha debido formulado es la necesidad de una Supercorte para conocer de las apelaciones en los juicios contra los altos funcionarios que conoce la Sala Penal de la Corte en primera instancia.    

 

Sin embargo, considero que la respuesta dada por la Corte no fue de altura: no es oportuno el proyecto de reforma, dijo el Vicepresidente de la Sala Penal, debido a que en este momento se están ventilando muchas causas contra  los congresistas y aparecería como una revancha contra la Sala, además de una manera de buscar su impunidad; argumento que con todo respeto me parece, por decir lo menos, simplista y baladí, como que con él se trata de minimizar o reducir la importancia del tema a lo casuístico y circunstancial y no a lo conceptual y filosófico-jurídico; y pretende descalificar la iniciativa  antes de formularse al Congreso, en una actitud exultante de soberbia y prepotencia. Es incomprensible que funcionarios de tan elevada alcurnia eludan un debate tan importante que le hace falta al país, debido a que Colombia es el único Estado Latinoamericano que no garantiza a todos sus súbditos, sin exclusión alguna, tanto la segunda instancia en todos los procesos penales como la doble y diferente competencia de investigación y juzgamiento, bases fundamentales del “juicio justo”, como lo ha ratificado la Corte Constitucional.

 

La misma Corte Constitucional hace trece años, al declarar inconstitucional la norma incluida en la Ley Estatutaria de la Administración de la Justicia que garantizaba el recurso de apelación de los congresistas ante la Sala Plena de la propia Corte Suprema de Justicia en los procesos incriminatorios que se les adelantase por la Sala Penal, expresó el  criterio de “la inconveniencia por falta de especialidad en materia penal” de la Sala Plena, o sea, que  los Magistrados diferentes a los 9 miembros de la Sala Penal, no eran especialistas en derecho criminal, por lo que consideraba inapropiado que fallaran en segunda instancia este tipo de procesos; así mismo estimó que con ello se trasgredía la exclusiva y máxima competencia en materia criminal de la Sala Penal al someter sus decisiones a una instancia diferente del mismo nivel.

 

Precisamente esta decisión de la Corte Constitucional es la que justifica una propuesta de una Super-Corte, integrada por especialistas en derecho criminal, extraídos exclusivamente de la Academia mediante rigurosos estándares de selección, que fuese garantía de seguridad jurídica para todos, para la rama judicial, para los congresistas y para la comunidad nacional e internacional. Así se mantendría la primera instancia en la Sala Penal de la Corte como lo establece en este momento la Constitución Política; los legisladores tendrían doble instancia y juicio justo a su entera complacencia; y terminaría la permanente crispación y choque de trenes interinstitucional que ha mantenido a la sociedad colombiana en constante zozobra  y a los organismos internacionales encargados de supervisar el cumplimiento de la normatividad sobre derechos humanos en justificada preocupación. Es obvio que la Sala Penal de la Corte, por la actitud que acaba de asumir frente al tema,  sea la única insatisfecha, pero no por la razón que ellos arguyen de fachada sino por la pérdida de poder político real al dejar de ser los exclusivos jueces de los congresistas. Pero este sería otro debate. No como se ha planteado en este momento.

 

Así propuesta la cuestión no podría hablarse ni de revancha ni de impunidad, porque de todos modos los parlamentarios seguirían bajo la jurisdicción en primera instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la diferencia de que sus decisiones ya no serían invariables ni intocables como lo son hoy sino sujetas a la revisión de un ente de superior jerarquía. Porque en lo que no tiene razón la Sala Penal de la Corte  Suprema es en el argumento que subliminalmente han filtrado en sus pronunciamientos de antaño y de hoy: que en su seno está el súmmum de la sabiduría nacional en materia de derecho criminal; ni más faltaba que en un país como Colombia, de 46 millones de habitantes, de tantos y tan excelentes centros académicos y escuelas superiores de derecho, solo los 9 juristas de esta corporación concentrasen la excelencia del conocimiento especializado de esta rama del derecho. Esa es una pretensión inadmisible y casi grosera contra cientos y miles de jurisperitos de excelsas virtudes intelectuales y académicas que en esta área jurídica han sobresalido en grado superlativo y que no han llegado a las Altas Cortes, no por falta de méritos científicos ni erudición profesional sino por su incapacidad para la  intriga personal o de círculo profesional y por su impericia para la maniobra política.                    

La Supercorte de que se habla sería entonces, no para substituir a la Sala Penal de la Corte  en el conocimiento de primera instancia de los procesos penales contra  los altos funcionarios del Estado sino para conocer de las apelaciones en estos mismos procesos; y su integración debería hacerse tomando lo más selecto de la academia en derecho penal, para lo cual se señalarían estándares muy elevados de requisitos, que superaran las exigencias actuales para la Magistratura de la Corte.

 

De modo que en este debate ha habido una pésima presentación de los autores de la iniciativa y una peor respuesta de la Corte. Los primeros porque hicieron aparecer  la cuestión como si se estuviese sustrayendo a la Sala Penal del conocimiento de los casos contra los congresistas por revanchismo y buscando impunidad; y la segunda, porque burdamente se quiere satanizar el tema con la finalidad real de que la Sala Penal no pierda el poder que tiene de “judicializar la política” en exclusividad. Nada se ha dicho sobre el meollo del problema, que son los derechos que, en el marco del “debido proceso”, se están transgrediendo a los congresistas como seres humanos, cuya vigencia en Colombia y consagración en la Carta de Derechos de Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, nadie ha negado ni podría negar.      

 

     

 

     

 

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